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Helio Jonás

~ El pueblo y parlamento vascos

El pueblo vasco tiene derecho a decidir su futuro de conformidad con el derecho de autodeterminación de los pueblos (propuesta de reforma del Estatuto de Euskadi)
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El año comienza con graves debates constitucionales. El Plan Ibarretxe y la Constitución Europea recomiendan un esfuerzo pedagógico para que combatan los argumentos y no las pasiones. En el origen de todas las constituciones hay una afirmación sobre la titularidad de la soberanía.

La frase que comento se opone al artículo 1.2 de la Constitución Española, que dice: «La soberanía nacional reside en el pueblo español del que emanan todos los poderes del Estado». La Constitución Europea, a su vez, nace «de la voluntad de los ciudadanos y de los estados de Europa». No dice nada de los pueblos y, ni siquiera, de las comunidades autónomas.

El derecho de los pueblos, recogido en los convenios internacionales sobre derechos humanos, plantea problemas irresolubles desde el punto de vista teórico y práctico. Su finalidad era luchar contra el imperialismo, no resolver conflictos secesionistas.

Por eso no se definió el procedimiento para identificar a un pueblo, es decir, al titular de ese derecho. Una solución, a mi juicio perversa, sería identificar al pueblo vasco por el deseo de soberanía, porque eso significaría que quien no la deseara no formaría parte de él. Quien habla en nombre del pueblo vasco debe decir cómo lo identifica.



¿El Parlamento vasco es la representación del pueblo vasco o el pueblo vasco tiene voz y derechos independientes del Parlamento?
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En esta pregunta hay dos acepciones diferentes de la expresión «pueblo vasco».

  • Una: el conjunto de personas avecindadas legalmente en la Comunidad Autónoma Vasca.

  • Otra: una entidad mitológica, emocional y poética, que dicen habita, sin personalidad jurídica, sin identidad social y sin identidad racial, en los territorios de Álava, Guipúzcoa, Vizcaya, Navarra y en los territorios franceses de Iparralde.


Cuando Ibarretxe dice hablar en nombre del pueblo vasco, evidentemente no se refiere a esta entidad mítica -que no puede conferirle representación alguna-, a no ser que pretenda erigirse en «voz del pueblo», como hizo Hitler, que no es el caso. Tampoco el Parlamento vasco representa a ese «pueblo» sino sólo al conjunto real de los avecindados legalmente en los Territorios de Euskadi. Ocurre que el Parlamento vasco es una institución constitucional, que recibe la legitimación de la Constitución.

  • ¿Puede, entonces, proponer una reforma constitucional? Desde luego. Pero por los procedimientos especificados en la Constitución.

  • Por último, según la doctrina internacionalista, el Derecho de los pueblos dentro de un Estado se satisface si tienen derecho de participación democrática en los asuntos públicos, sin discriminación alguna.


Ésta es la situación en la que están, sin duda, los habitantes de la Comunidad de Euskadi. Mejor dicho, que podrían estar si el terrorismo lo permitiera, y si se cumpliera estrictamente la Constitución.
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Créditos
· artículos: "El pueblo vasco tiene derecho... " y "¿El parlamento vasco es la representación... "
· autor: José Antonio Marina (filósofo)
· fechas: 9 y 16 de Enero de 2005
· url 1: Crónica, 9 de Enero
· url 2: Crónica, 16 de Enero
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